Cualquier juicio político realizado por el Congreso sería nulo, según jurista

SANTO DOMINGO | El abogado Víctor Turbí expresó el día de hoy su preocupación acerca de los juicios políticos en curso en el Congreso Nacional de la República Dominicana, planteando que estos podrían ser nulos e inconstitucionales por violar el principio de legalidad, un pilar fundamental del derecho y de la Constitución.

Turbí argumentó que este principio es aplicable en los ámbitos judicial, político y administrativo, y que su violación en este caso proviene del proceso de juicio político que la Cámara de Diputados podría llevar a cabo contra miembros de la Cámara de Cuentas, actualmente bajo investigación.

El abogado explicó que los procesos de juicio político han cambiado desde 1963. En aquel entonces, tanto la Cámara de Diputados como el Senado de la República utilizaban la interpretación de sus reglamentos para llevar a cabo estos juicios. Sin embargo, la Constitución dominicana del 26 de enero de 2010 cambió esta dinámica, garantizando derechos fundamentales y haciendo que las normas de debido proceso se apliquen a todas las actuaciones judiciales y administrativas.

“El Tribunal Constitucional ha establecido en repetidas ocasiones que el debido proceso es un principio jurídico procesal que garantiza a todas las personas ciertos derechos mínimos para asegurar un resultado justo y equitativo en cualquier proceso que se lleve a cabo en su contra”, argumentó Turbí.

Turbí también señaló que la Carta Sustantiva prevé el juicio político en su artículo 115, especificando que la ley regulará los procedimientos requeridos para el examen de los informes de la Cámara de Cuentas, los actos del Poder Ejecutivo, y otros mecanismos de control.

En consecuencia, Turbí concluyó que el Congreso está actualmente impedido de llevar a cabo un juicio político, ya que carece de una ley que regule estos procedimientos, tal y como lo exige la Constitución. Turbí advirtió que los reglamentos internos de la Cámara de Diputados y del Senado no pueden sustituir a esta ley, dado que su propósito es regular el funcionamiento de sus Cámaras y no proporcionar un fundamento legal y constitucional para los juicios políticos.

Por: Marcano Sin Tapujos

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