¡ESTUPEFACCIÓN EN LA SUPREMA! Presidente Cámara de Cuentas exonerado de acusaciones de acoso

“La jueza Vanesa Acosta descarta las alegaciones contra Janel Andrés Ramírez Sánchez por falta de pruebas concluyentes”

SANTO DOMINGO | En un giro sorprendente y provocador de murmullos en los corredores judiciales, la jueza de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia, Vanesa Acosta, ha determinado la improcedencia de la querella presentada contra el mismísimo presidente de la Cámara de Cuentas de la República (CCRD), Janel Andrés Ramírez Sánchez. A pesar de las graves acusaciones vertidas en su contra, en las que se le señala de hacer insinuaciones personales e inapropiadas a dos abogadas, la magistrada Acosta ha sostenido que los hechos denunciados no se subsumen dentro del delito de acoso sexual estipulado en el artículo 333-2 del Código Penal.

Este revés judicial se produce después de que los representantes legales de Bella Massiel García Paulino y Virginia Ofelia Correa Jiménez, empleadas del departamento de Auditoría, objetaran inicialmente la decisión de la Procuraduría General de la República. En ese sentido, la jueza respaldó la conclusión inicial de los procuradores adjuntos Fernando Quezada García e Isis de la Cruz Duarte, quienes también habían determinado que las acciones atribuidas al presidente de la CCRD no calificaban como acoso sexual.

Aunque la jueza Acosta ha sido clara al señalar que los hechos no se alinean con lo que establece la normativa penal, ha sido crítica al señalar que, si bien no son ilegales, las acciones de Ramírez Sánchez son “antiéticas y moralmente cuestionables”.

Detalles que hicieron saltar las alarmas

Según la acusación presentada, Ramírez Sánchez mantuvo un intercambio de preguntas personales con Correa Jiménez el 4 de diciembre, en el que se interesó por su estado civil, tiempo de matrimonio e incluso la naturaleza celosa de su esposo, creando un ambiente de incomodidad. Al día siguiente, se le señala de haber invitado a almorzar a las dos abogadas, quienes declinaron la invitación. Como guinda del pastel, la seguridad del presidente, un individuo identificado como “Edward”, habría intentado un acercamiento de tipo personal con ambas.

El Ministerio Público, con todos los datos y evidencias en mano, decidió archivar el caso, afirmando que no se configuraba el delito de acoso sexual según el artículo 333-2 del Código Penal. Francisco García Rosa, principal abogado de las querellantes, había solicitado a la jueza Acosta que revocara tal decisión, pero todo fue en vano.

Con este desenlace, la situación dentro de la Cámara de Cuentas se presenta tensa y llena de incertidumbre. Si bien Ramírez Sánchez ha esquivado una bala legal, queda por ver si su imagen y confianza dentro de la institución permanecerán intactas.

Por: Marcano Sin Tapujos

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