
“El Ministerio de Medio Ambiente refuerza la protección de los recursos hídricos con la resolución núm. 0050/2023”
SANTO DOMINGO | El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MMARN) de República Dominicana ha emitido una resolución trascendental que prohíbe terminantemente la colocación o abandono de cualquier tipo de material o estructura ajena al entorno natural de ríos, lagos y otros cuerpos de agua del país. Esta medida, firmada el 13 de diciembre de 2023 por el ministro Miguel Ceara Hatton, apunta a preservar la integridad y belleza de los ecosistemas acuáticos nacionales.
La Resolución número 0050/2023, que se extiende a las zonas adyacentes y las franjas de protección obligatoria de los cuerpos de agua, incluye la prohibición de objetos como sillas, vehículos motorizados, mesas, dispositivos flotantes y cualquier otro elemento que pueda contaminar o degradar la calidad del entorno. Este nuevo marco legal fortalece la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, enfocándose en áreas recreativas como Fula, Arroyo Frío y Guaigüí, muy frecuentadas por bañistas.
El viceministro de Suelos y Aguas, René Mateo, enfatizó que la resolución otorga herramientas adicionales a diversas entidades estatales, incluyendo la Procuraduría Especializada para la Protección del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren), las alcaldías y la Policía Nacional, para garantizar un manejo efectivo de la seguridad y conservación de estos espacios naturales.
Además, la medida establece un periodo de noventa días para realizar un levantamiento exhaustivo de todos los ríos y cuerpos de agua del país, con el fin de identificar y abordar cualquier violación a la franja de protección obligatoria de treinta metros en las márgenes fluviales.
El MMARN coordinará con el Ministerio de Turismo y otras instituciones pertinentes para asegurar la protección y uso sostenible de los cuerpos de agua, incluyendo la implementación de medidas reguladoras y de conservación. Se prohíbe también el abandono de artículos de foam y plásticos de un solo uso, citando específicamente productos como vasos, platos, sorbetes, entre otros.
La resolución otorga un año para que las instancias del MMARN, junto con alcaldes y comerciantes, desarrollen planes de acción para su implementación efectiva. Asimismo, se establece la obligatoriedad de obtener autorización para eventos recreativos o artísticos en las proximidades de cuerpos de agua, considerando aspectos como la capacidad de carga y los riesgos ambientales.
Por último, se instaura un horario de uso recreativo en ríos y otros cuerpos de agua, variando según la estación del año, y se establecen normativas específicas para la recolección de residuos y el uso de vehículos de motor en las áreas protegidas.
Esta decisión del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales refleja un compromiso firme con la conservación del patrimonio natural de la República Dominicana y la seguridad de sus ciudadanos, y marca un paso adelante en la protección ambiental del país.
Por: Marcano Sin Tapujos